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Registro de Colegiados para Ventanilla Única
Estimado/a compañero/a:
El nuevo artículo 10 de la Ley de Colegios Profesionales, estatuido por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, impone a las organizaciones colegiales la obligación de disponer de una página Web para que, a través de la ventanilla única prevista en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, cualquier ciudadano pueda acceder libremente, entre otras, a la siguiente información, que deberá ser clara, inequívoca y gratuita:
a) El acceso al Registro de colegiados, que estará permanentemente actualizado y en el que constarán, al menos, los siguientes datos: nombre y apellidos de los profesionales colegiados, número de colegiación, títulos oficiales de los que estén en posesión, domicilio profesional y situación de habilitación profesional.
En cumplimiento de dicha obligación, la organización colegial de la Arquitectura Técnica está disponiendo lo procedente para la creación de la indicada “Ventanilla Única” y el correspondiente “Registro de Colegiados”. A tal efecto, y en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 10.4 de la Ley de Colegios Profesionales, nos vemos obligados a facilitar al Consejo General la aludida información para su anotación en el referido Registro de Colegiados.
Hemos de hacer notar que, al igual que el Consejo General está obligado a crear el Registro y el Colegio a facilitarle los datos de sus Colegiados, los Colegiados estamos obligados a pasar por ello, pues se trata –insistimos- de una obligación legal.
Por todo lo anterior, te recordamos seguidamente los datos que como tuyos figuran actualmente en el Registro colegial, rogándote nos indiques a continuación aquellos datos que deberemos proceder a corregir o actualizar, recordándote que los mismos serán de acceso público, a través de Internet, en el seno de la Ventanilla Única de la Organización Colegial de la Arquitectura Técnica.
Una vez firmado el formulario adjunto, te agradeceremos que lo remitas a la Secretaría del Colegio, antes del dia 30 de Marzo de 2010, por fax al nº 926-274128, o bien por correo postal a la siguiente dirección:
COAATIE CIUDAD REAL
C/ General Aguilera, 11 entreplanta
13001 Ciudad Real
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Registro de Sociedades Profesionales para Ventanilla Única
Estimados Sres.,
El nuevo artículo 10 de la Ley de Colegios Profesionales, estatuido por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, impone a las organizaciones colegiales la obligación de disponer de una página Web para que, a través de la ventanilla única prevista en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, cualquier ciudadano pueda acceder libremente, entre otras, a la siguiente información, que deberá ser clara, inequívoca y gratuita:
b) El acceso al Registro de sociedades profesionales, que tendrá el contenido descrito en el artículo 8 de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales.
En cumplimiento de dicha obligación, la organización colegial de la Arquitectura Técnica está disponiendo lo procedente para la creación de la indicada “Ventanilla Única” y el correspondiente “Registro de Sociedades Profesionales”. A tal efecto, y en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 10.4 de la Ley de Colegios Profesionales, nos vemos obligados a facilitar al Consejo General la aludida información para su anotación en el referido Registro de Colegiados.
Hemos de hacer notar que, al igual que el Consejo General está obligado a crear el Registro y el Colegio a facilitarle los datos de sus Colegiados, las sociedades profesionales inscritas en los correspondientes Registros Colegiales están obligados a pasar por ello, pues se trata insistimos de una obligación legal.
Por todo lo anterior, le recordamos seguidamente los datos que como propios de esa sociedad profesional figuran actualmente en el Registro colegial, rogándoles nos indiquen a continuación aquellos datos que deberemos proceder a corregir o actualizar, recordándoles que los mismos serán de acceso público, a través de Internet, en el seno de la Ventanilla Única de la Organización Colegial de la Arquitectura Técnica.
Una vez firmado el formulario adjunto, te agradeceremos que lo remitas a la Secretaría del Colegio, antes del dia 30 de marzo de 2010, por fax al nº 926-274128, o bien por correo postal a la siguiente dirección:
COAATIE CIUDAD REAL
C/ General Aguilera, 11 entreplanta
13001 Ciudad Real
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Escrito Sr. Presidente COAATIECR al Consejo General de la Arquitectura Técnica de España
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Fiesta Local en Ciudad Real El próximo dia 25 de Mayo el colegio permanecerá cerrado por fiesta local en Ciudad Real
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7º Campeonato de España de Golf de Arquitectura Técnica
Fecha: sábado 9 de mayo de 2009
Lugar: campo de golf de nuestra capital C.G. ALICANTE GOLF.
Para más información e inscripciones ver página web del Colegio de Alicante.
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Torneo de Golf - Unión Interprofesional GRAN FINAL
Fecha: 13/03/2009
Hora: 14:100 h.
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Convocatoria proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo, con la categoría de Titulado Medio de Actividades Técnicas y Profesionales
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El Gobierno unifica toda la normativa sobre suelo y pone fin a la inseguridad jurídica del sector
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La nueva regulación en materia de contratos del sector público y el urbanismo
Impartido por la revista de derecho urbanístico los días 19 y 20 de Mayo.
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Jornada presentación Libro del Edificio
Acorde al Decreto 81/2007 de 19 de junio,por el que se regula el Libro del Edificio para edificios destinados a vivienda en Castilla-La Mancha
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Máster M.D.I.
En la siguiente dirección www.mastermdi.es podrás encontrar información sobre el Master en Dirección de Empresas Constructoras e Inmobiliarias (M.D.I) en su XXII promoción. El Consejo General de Arquitectura Técnica de España tiene un convenio con la Universidad Politécnica de Madrid del cual podrás beneficiarte como colegiado con una bonificación del 50% sobre el total de importe del curso.
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ORDEN ECI/3855/2007, de 27 de diciembre,
por la que se establecen los requisitos para la verificaciónde los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico
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RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2007,
de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2007, por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuerse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesiónregulada de Arquitecto Técnico.
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Jornada de Accesibilidad Integral
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